Desde la implantación del Inventario de Gases de Efecto Invernadero, Abengoa exige a todos sus proveedores el reporte de las emisiones asociadas a los productos y servicios adquiridos por la organización (Acuerdo de Implantación de un Sistema de Reporte de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero), de modo que aquellos tienen la obligación de proporcionar las emisiones de cada pedido que les haga la compañía.
Con objeto de facilitar la adaptación de todos los proveedores a estas condiciones de compra, existe un período de transición en el que estos se comprometen por escrito a implantar un sistema de reporte de emisiones en un plazo máximo de seis meses. Una vez cumplido el plazo, aquellos que no hayan proporcionado sus datos de emisiones o que no se comprometan a implantar un sistema de reporte quedan excluidos, salvo excepciones que requieren una autorización especial, en cuyo caso las sociedades afectadas están obligadas a llevar a cabo la estimación de las emisiones derivadas del suministro.
Para garantizar la integridad de quienes pueden influir en las actividades de la organización, Abengoa requiere a los proveedores su adhesión al Código de Responsabilidad Social (CRS) para proveedores y subcontratistas, que contempla 11 cláusulas basadas en los principios del Pacto de Naciones Unidas e inspiradas en la norma internacional SA 8000.
Abengoa requiere a sus proveedores la adhesión al CRS como forma de promover la observación y cumplimiento de la normativa social y ambiental.
Durante 2010 los proveedores firmaron 2.406 acuerdos con sociedades de Abengoa, y en 2011 la cifra ha sido de 2.368 acuerdos, lo que supone un total de 14.216 acuerdos desde que se inició esta medida.